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  • 2023-04-17T11:00:00
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  • 2023-05-12T19:34:55.993
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  • Cristian Maturana - Rodrigo Javier Maturana Krogh - Rodrigo Maturana -
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  • Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. -
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  • Héctor Inostroza: Encargado de adquisiciones en las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública: EJÉRCITO DE CHILE -
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  • Metalbras Ltda.
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  • Aclaración sobre calificación de los productos como peligrosos o no peligrosos según la normativa y situaciones a enmendar para evitar incumplimientos, según lo expuesto en correo recibido por parte de la autoridad. EMPRESA METRALBRAS: se realizó de acuerdo a lo programado y se orientó a aclarar dudas de la empresa relacionada con una carta enviada por el BPCh, relativa a la regularización de la fabricación de “Polvo de aluminio” como producto controlado. En ese sentido, se aclararon los siguientes criterios y exigencias de control de este producto en el marco de la legislación vigente: ? Los productos CLASE 4.1 NRO UN 1309 “Aluminio en polvo recubierto” y CLASE 4.3 NRO UN 1396 “Aluminio en polvo no recubierto” son controlados. ? La descripción de la letra e) del Artículo 3 del Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas, indica que son controladas las sustancias químicas esencialmente susceptibles de ser usadas o empleadas para la fabricación de explosivos. ? Esta descripción aplica para las sustancias químicas clasificadas como “Peligrosas” y como “No peligrosas”, susceptibles de ser usadas o empleadas en la fabricación de explosivos. ? De acuerdo con lo anterior, los productos “Polvos de aluminio” que se exceptúan de la clasificación de “Peligrosos” mediante la aplicación de la disposición especial N.°223, de las “Recomendaciones para el transporte de mercancías peligrosas de las Naciones Unidas” (Norma Chilena NCh 382), continúan siendo controlados cuando reúnen los requisitos para ser usados o empleados en la fabricación de explosivos. ? La Norma Chilena NCh 2120/4, relacionada con la Clase de Naciones Unidas del producto en comento, indica que: “No se consideran peligrosos, los polvos que tienen partículas de más de 250 micrómetros (micrones) y los que contienen un 20% de partículas de tamaño inferior a 250 micrómetros (micrones)”. El Banco de Pruebas de Chile estima apropiado este tamaño de partícula en la fabricación de explosivos, independiente de la peligrosidad del producto. ? METALBRAS fabrica y comercializa productos de la familia de los “Polvos de aluminio” a empresas productoras de explosivos, los cuales deben estar legalmente y nominativamente reconocidos al igual que aquellos productos que cumplen similares especificaciones y que son susceptibles de ser usados o empleados en la fabricación de explosivos. A continuación, se solicita a METALBRAS efectuar la presentación de los prototipos que nominativamente amerite en conformidad a los artículos 31 y siguientes del Reglamento Complementario de la legislación citada precedentemente (Ej.: Polvo de aluminio AT50M, PPF140, BD30, X+100, X+200, otros). Cabe hacer presente, que la información técnica actualmente disponible en el Banco de Pruebas de Chile no se encuentra actualizada de acuerdo a las disposiciones legales emitidas para las Fichas Técnicas y Hojas de Datos de Seguridad, cuyo detalle se encuentra considerado en la Resolución Exenta DGMN N.°000473 de fecha 02MAR2022, conforme a lo siguiente: ? La Ficha Técnica debe especificar una breve descripción del producto, recomendaciones de uso, información de transporte (Clase y División de Naciones Unidas si corresponde), especificaciones o características técnicas (Composición, tamaño partícula, densidad y similares de acuerdo al producto), dimensiones del elemento y del embalaje y otros antecedentes de interés para el usuario. - La Hoja de Datos de Seguridad, HDS, debe encontrarse actualizada de acuerdo a las disposiciones, estructura y formato de la última versión de la Norma Chilena NCh 2245 “Sustancias químicas, hoja de datos de seguridad, requisitos”.
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