Attributes | Values |
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cplt:registraFichaPasivo
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cplt:descripcion
| - Plataforma TeamsLa respuesta fue enviada fuera de plazo debido a la intermitencia de la plataforma
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cplt:datosActivos
| - Carlos Facuse - Daniela Rubio Ponce - Erika Araya - Felipe Zangheri -
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cplt:datosMaterias
| - Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos -
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cplt:datosPasivos
| - Julia Altamirano: Otro: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (SII) -
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cplt:datosRepresentados
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cplt:observaciones
| - La materia está relacionada a los servicios prestados desde el exterior que quedan afectos a IVA, según las modificaciones establecidas por la Ley N°21.420. En la cual, a partir del 01.01.2023, todos los servicios estarán gravados con IVA salvo que aplique alguna exención. Dicho esto, la sociedad realiza pagos al exterior a países con los cuales se aplican los convenios para evitar la doble tributación, y aplica la cláusula de beneficio empresarial (Tasa 0%) a las remuneraciones por servicios que se presten desde el exterior a Chile, en estos casos dichas remuneraciones no están afectas a impuesto adicional, y se aplica IVA. Dicho lo anterior, XXX XXX para estos casos debe emitir una factura de compra por la operación para poder declarar y enterar el impuesto en arcas fiscales. Con respecto a esto, la sociedad no tenía implementada la factura de compra cuando se produjo esta modificación y recién la implementaron. Por tanto, se debe confirmar el criterio para declarar y pagar los IVA pendientes desde junio 2023 a la fecha por estos conceptos.El sujeto pasivo informa lo siguiente: se consulta sobre la forma en que debe regularizarse la situación de un contribuyente que no ha declarado el IVA a los servicios digitales a partir de la modificación de la ley 21.420 al concepto de servicios.
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