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  • al0036708181
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  • Agustinas N°1253, piso 10.
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  • 2023-12-18T12:00:00
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  • 2024-01-09T05:12:00.743
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  • 2024-01-09T05:12:00.743
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  • Evelyn Rodríguez - Gloria Flores - Juan Vera - MAURICIO SOTO GAETE - Natalia Mesías Quila - Nicole Corveleyn - NOR JIMENA CASTRO SALDIAS - Usiel Valderrama Becerra -
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  • Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos -
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  • Pablo Zenteno: Jefe de servicio: DIRECCIÓN DEL TRABAJO -
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  • Federación Nacional de Sindicatos de la Salud Privada / FENASSAP
cplt:observaciones
  • 1) La Federación plantea que se ha detectado que algunas clínicas están modificando el tope de la jornada ordinaria, rebajándola a 42 horas, sin contar con la intervención de las organizaciones sindicales y sin respetar las normas de jornadas y descanso. Incluso alterando jornadas excepcionales de distribución de jornadas y descansos (elimina cuarto turno) 2) Expone la situación puntual de la empresa TISAL empresa de soporte tecnológico que mantiene en función la actividad de las clínicas, donde no se les otorgó a los trabajadores el descanso reparatorio de Ley N° 21.530. Luego del dictamen de esta Dirección, la empresa le dio descanso a algunos trabajadores por lo que se interpuso denuncia en Inspección, la que cursó la sanción administrativa correspondiente. La empresa judicializó la resolución de multa bajo el Rit I-562-2023 causa que se encuentra suspendida por la interposición de un recurso de inconstitucionalidad del artículo 1° de laye N° 21.530. 3) Explica que luego de la emisión del Ordinario N° 1279 de 13.10.2023 el que se excluye del descanso a quienes prestaron servicios durante la pandemia en clínicas oftalmológicas y odontológicas, no obstante, haberse encontrado abiertas esas instituciones de salud. Solicitan se considere la reconsideración del ordinario. 4) Consultan acerca de las empresas que no tienen derecho al descanso reparatorio, no obstante, el empleador lo hubiera otorgado total o parcialmente, corresponde el descuento de los días?, en la afirmativa, como se procederá al descuento, en un solo mes o parcelado. Intervención del Director del Trabajo: - Respecto de la reclamación de la multa se revisará (se encuentra suspendida por la interposición de un recurso de inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley 21.539) - Se comprometió respuesta acerca de la procedencia de los descuentos de remuneraciones y de la reconsideración del Ordinario N° 1279, de 13.10.2023. - Revisión de la jornada excepcional de las clínicas.
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