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  • ap0014055211
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  • Serrano 15 piso 6
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  • 2020-01-07T10:00:00
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  • 2020-02-04T13:24:40.157
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  • 2020-02-04T13:24:40.157
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  • Felipe Ruiz Tagle -
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  • RONALD RUIZ MARCHANT -
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  • Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. -
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  • Gustavo Hernán Menéndez Roco: Otro: SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO -
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  • Felipe Ruiz Tagle
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  • ESTIMADO SEÑOR CRISTIAN MONCKEBERG BRUNER MINISTRO DE VIVIENDA Y URBANISMO MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO PRESENTE. Por medio de la presente queremos exponer el problema que está generando la interpretación por parte de algunos revisores independientes y contraloría a las condiciones de resguardo contra el fuego que son exigibles a una ventana a fondo de saco en un “Pasillo Protegido”, según lo define la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Al respecto, los artículos 4.2.17 y 4.3.27 no indican de forma explícita las exigencias para las ventanas, sólo aludiendo a la resistencia que deben cumplir los elementos que aíslan el pasillo protegido de otros recintos (F-120), y a puertas o tapas de aberturas presentes en el mismo (F-30). Ante esta incertidumbre, algunos revisores han optado por indicar que deben cumplir una resistencia al fuego de F-120. Para una ventana a fondo de pasillo protegido, creemos que una exigencia de cumplimiento de resistencia (F-120) no estaría conforme a la primera condición, por cuanto al otro lado del cristal no continuaría el pasillo y no existiría recinto alguno. Esto implica que, durante el uso normal del edificio, no existiría carga combustible tras la ventana hacia la cual se pueda propagar un incendio. Así mismo, la situación de las ventanas a fondo de pasillo no las hace incidentes en el recorrido entre escalera de evacuación y puerta de acceso a la unidad más alejada, que se entiende es el espacio a proteger de la acción del fuego, de acuerdo al espíritu de la definición de Pasillo Protegido. No tenemos información que ventanas con resistencia al fuego F-120 sean utilizadas ni exigidas en ningún país del mundo para fachadas vidriadas, por lo que agradeceríamos tener la oportunidad de aclarar la situación en que se encuentran estos elementos, en el entendido que son parte de un diseño que contribuye a mejorar la calidad de vida de quienes habitan el edificio y que tiene un impacto directo en el uso eficiente de la energía y el aprovechamiento de la luz natural. Sin otro particular, le saluda cordialmente Felipe Ruiz-Tagle Correa Arquitecto
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