Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. - Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. - Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos - Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdos, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluidas sus comisiones. -
De acuerdo a la carta enviada por el Sindicato de Trabajadores a Honorarios, el pasado 24 de abril, solicitamos dialogar y luego responder por escrito a los siguientes puntos: - Corregir los contratos 2017 y reincorporar todos los derechos que fueron eliminados del artículo quinto. - Promover la incorporación de los sindicatos de trabajadores a honorarios en las mesas de condiciones laborales y DFL del proyecto de ley que crea el Ministerio de las Culturas. - Realizar las gestiones pertinentes para aumentar los cupos de trabajadores a contrata. - Instruir a sus jefaturas para que no se discrimine a los socios de los Sindicatos de Honorarios en virtud de la Ley 20.609 conocida como Ley Zamudio. De antemano, agradecemos su disposición al diálogo y al respeto de los derechos laborales de todas las personas que trabajan en el Consejo de la Cultura, sin excepción.