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| cplt:descripcion
| - Alameda 1449, torre 2, piso 5
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| cplt:datosMaterias
| - Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos -
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| - Carmen Monsalve: Otro: SUPERINTENDENCIA DE SALUD -
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| cplt:datosRepresentados
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| cplt:observaciones
| - Cecilia DiazAdjuntos lun, 15 jul, 11:52 (hace 10 días) para oficinadepartes, tsalgado Estimados Sres Superintendencia de Salud en referencia a vuestra respuesta realizada el 12 de Julio de 2024 Captura de Pantalla 2024-07-15 a la(s) 11.07.22.png Debo señalar que el 12 de Febrero de 2024 efectivamente recibí correo con "informe Médico " del Hospital de la Florida , pero este fue rechazado por mi el día 15 de Febrero de 2024 Gmail - Notifica ingreso Antecedente(s).... Eloísa Díaz Insunza . Folio _ 5001883 En el cual se señala que el Hospital de la Florida solo se limita a enviar informe pero no ha respondes la instrucción específica que mandato la Superintendencia La Superintendencia en mail recibido el 12 julio del presente año , sólo se limita en informar que hospital envió respuesta el 12 de febrero , pero esta respuesta solo se relaciona con una acción administrativa de cumplimiento, no con la respuesta específica que fue instruida por resolución de 29 de diciembre de 2023 . Nota importante: en informe señala que no está constatado en ficha clínica , se adjunta ficha clínica y epicrisis en que demuestra que sí está constatado!!! se adjuntan todos los documentos Debo señalar que a pasado mas de 1 año y 6 meses desde el fallecimiento de mi madre Beatriz Tejos y nos hemos envuelto en una serie de procesos administrativos no concluyentes , en que por una parte se dice que si vulneraron los derechos de paciente de mi madre , pero por otro lado el hospital solo se limita a enviar cartas administrativas , no hay una sanción o medida que la Superintendencia dictamen al Prestador cuando se "vulneran los Derechos de los pacientes " ?? , mi consulta si todo esto se limita a solo procesos administrativos? La Superintendencia de Salud no tiene competencias para sancionar al Prestador ? Formalmente solicitó una audiencia con el Sr. Camilo Corral Guerrero Intendente de Prestadores de Salud (S) Quedando atenta a prontas respuestas y adjuntando todos los documentos una vez más para vuestra revisión y señalando que todos están en Expediente 500-3105 2023
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