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| - La atenderá, Rocío Toro, Jefa División Calidad de Aire, mediante videoconferencia por teams. Ante cualquier consulta, favor tomar contacto con Geraldine Quipallan al e-mail: gquipallan@mma.gob.l
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| - Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos -
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| - Cristian Tolvett: Otro: SUBSECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE -
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| - Audiecia: la solicitante quiere aclarar algunas dudas sobre la Norma de Emisión para grupos electrógenos, realizando la primera pregunta sobre los plazos para el cumplimiento de la normativa y los estándares de emisión exigidos. • Representantes del MMA, le responden que la norma contempla dos etapas: o Etapa 1: Aplica a los grupos electrógenos diésel con potencia mayor o igual a 19 kW, cuya importación se realiza a contar del 15 de septiembre de 2023. El estándar exigido es Tier 2 o Tier 3 (Stage IIIA), dependiendo del rango de potencia del equipo. o Etapa 2: Aplica a los grupos electrógenos diésel con potencia mayor o igual a 130 kW, cuya importación se realiza a contar del 15 de septiembre de 2025. El estándar exigido es Tier 3 o Tier 4 (Stage IV o V), dependiendo del rango de potencia del equipo. • Solicitante pregunta cómo realizar la validación de sus equipos. • Representantes de la SMA señalan que, la implementación se compone de tres fases (se comparte el siguiente link en el chat: https://portal.sma.gob.cl/index.php/2023/07/21/superintendencia-del-medio-ambiente-inicia-implementacion-de-modulo-sobre-declaracion-de-importadores/): o 1. Fase registro regulados, que se extiende desde el 24 de julio hasta el 04 de agosto y consiste en el registro de importadores y otros regulados. o 2. Fase registro de productos, que se inicia el día 07 de agosto y consiste en una declaración sobre los productos que el interesado proyecta ingresar a Chile. o 3. Fase declaración internación, que se inicia el 14 de agosto y consiste en una declaración de los productos que serán internados, los cuales, deben haber sido registrados previamente. Solicitante da las gracias y Reunión finaliza. Participan del MMA: Cristian Tolvett, Ivonne Moreno y Emmanuel Mesías. Participan de la SMA: Juan Pablo Rodríguez y Renzo Stanley. Solicitud: NORMA DE EMISIÓN PARA GRUPOS ELECTRÓGENOS En especifico, Artículo 13. Los protocolos y procedimientos para determinar el cumplimiento de la norma de emisión serán establecidos por la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial a más tardar cumplidos 6 meses contados desde la entrada en vigencia del presente decreto.
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