| Attributes | Values |
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| cplt:descripcion
| - Videoconferencia mediante TEAMS programada para el 25-11-2021 a las 11:00 AM. Es importante considerar que en ocasiones el calendario de TEAMS modifica la hora unilateralmente, por lo que el horario aquí establecido es el definitivo.
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| cplt:datosActivos
| - Carolina Andrea López Venegas - MARIO RAMIREZ - STEFANY HERMOSILLA SANHUEZA -
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| cplt:datosMaterias
| - Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos -
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| cplt:datosPasivos
| - Juan Granzow: Otro: SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE -
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| cplt:datosRepresentados
| - Cía. Siderúrgica Huachipato
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| cplt:observaciones
| - -Consultas de formas de evidencia de cumplimiento asociada a RCA 317, 11 y 376. - Interpretación de algunos requisitos asociados a RCA 317, 11 y 376. - Se analizaron las facultades en materia de determinación de medios de verificación de la SMA por cada caso en consulta -Se le indicó a la empresa que los medios de verificación y los límites o condiciones asociados a una exigencia, debe ser analizados en el expediente de cada RCA en su conjunto, lo que incluye la RCA, el ICE, las Adenda y las presentaciones hechas por el titular - Se le indicó a CAP HUACHIPATO que la SMA no es competente en materia de interpretación de la RCA. Por lo que aquellas consultas que se refirieron a interpretaciones de lo que la CONAMA o el Comité Técnico quiso indicar en el proceso de evaluación, deben ser consultadas al SEA Biobio. - Se le informó al titular que las desviaciones que sean constatadas respecto de las exigencias, serán identificadas por la SMA ponderándolas respecto de los efectos, posibles impactos y evaluaciones de riesgo ambiental que se levanten en el marco de un proceso de fiscalización. -Finalmente, respecto de exigencias que puedan estar asociada tanto a una RCA, como también a una norma de emisión o al decreto del PPDACM, deben ser cumplidas por el titular, quedando como criterio de cumplimiento, la exigencia más restrictiva, pues esta permitirá por defecto cumplir las otras exigencias más laxas.
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